Ley de registros públicos

La Ley de registros públicos de California (Código de Gobierno §6250 et. Seq.) Requiere que los registros gubernamentales estén disponibles para inspección y / o divulgación al público, a menos que estén exentos por ley. Para realizar una solicitud de registros públicos, consulte las pautas a continuación.

 

Cómo enviar una solicitud de registros a la autoridad

La Autoridad alienta las solicitudes escritas enviadas a través de nuestro portal.

Para enviar una solicitud por escrito por correo postal:

Autoridad de trenes de alta velocidad de California
Oficial de registros públicos
770 L Street, Suite 620 MS1
Sacramento, CA, 95814

Las solicitudes escritas deben incluir detalles que permitan al personal identificar y localizar los registros solicitados. La solicitud debe incluir un número de teléfono o dirección de correo electrónico donde se le pueda localizar para discutir la solicitud, en caso de que se necesite información adicional para ubicar los registros.

La Autoridad se esfuerza en todos los casos por proporcionar una respuesta, informando al solicitante si se proporcionarán registros de respuesta, dentro de los 10 días. Si la Autoridad no puede tomar una determinación con respecto a la solicitud dentro de los 10 días debido a circunstancias inusuales, como se define en la sección 6253 (c) del Código de Gobierno, la Autoridad notificará al solicitante el motivo de la demora y la fecha en que se tomará la determinación. ser emitido. Ningún aviso de este tipo especificará una fecha que resulte en una extensión de más de 14 días.

 

Registros exentos

La Autoridad puede negarse a divulgar cualquier registro exento de divulgación bajo la Ley de Registros Públicos (Sección 6254 del Código de Gobierno). Las razones por las que la Autoridad puede negarse a divulgar registros incluyen, entre otras, las siguientes:

  • Borradores preliminares, notas o memorandos entre agencias o entre agencias que no sean retenidos por la Autoridad en el curso ordinario de sus negocios, si el interés público en retener dichos registros claramente supera el interés público en la divulgación.
  • Registros pertenecientes a litigios pendientes en los que la Autoridad es parte, o reclamos hechos de conformidad con la División 3.6 (comenzando con la Sección 810) hasta que dicho litigio o reclamo haya sido finalmente adjudicado o resuelto de otra manera.
  • Archivos personales, médicos o similares, cuya divulgación constituiría una invasión injustificada de la privacidad personal;
  • Datos geológicos y geofísicos, datos de producción de plantas e información similar relacionada con el desarrollo de sistemas de servicios públicos, o informes de mercado o cultivos, que se obtienen de forma confidencial de cualquier persona;
  • Preguntas de prueba, claves de puntuación y otros datos de exámenes que se utilizan para administrar un examen de licencia, un examen de empleo o un examen académico.
  • Registros de los cuales la divulgación está exenta o prohibida de conformidad con las disposiciones de la ley federal o estatal, incluidas, entre otras, las disposiciones del Código de Evidencia relacionadas con el privilegio.
  • Correspondencia de y para el Gobernador o empleados de la Oficina del Gobernador o bajo la custodia o mantenida por el secretario de asuntos legales del Gobernador.

Las solicitudes deben ser específicas, enfocadas y no interferir con las operaciones comerciales ordinarias de la Autoridad.

La Autoridad de Ferrocarriles de Alta Velocidad de California hace todo lo posible para garantizar que el sitio web y su contenido cumplan con los requisitos obligatorios de la ADA según el estándar de nivel AA de las Pautas de accesibilidad de contenido web 2.0 del estado de California. Si está buscando un documento en particular que no se encuentra en el sitio web de la Autoridad de trenes de alta velocidad de California, puede hacer una solicitud para el documento según la Ley de registros públicos a través de la página de la Ley de registros públicos. Si tiene alguna pregunta sobre el sitio web o su contenido, comuníquese con la Autoridad al info@hsr.ca.gov.