Informes de la Ley Nacional de Recuperación de Ofertas Competitivas

La Autoridad, en la mayor medida posible, adjudica contratos utilizando procedimientos de licitación competitiva de acuerdo con PCC § 10430 y GC §§ 4525-4529.20. Los siguientes contratos financiados por la Ley Estadounidense de Recuperación y Reinversión de 2009 no se adjudicaron mediante licitación competitiva debido a una exención legal o una exención aprobada por el Departamento de Servicios Generales.

Lista de contratos de licitación no competitiva

  • HSR08-07, Kent Riffey

Brindar asesoramiento, análisis y consultas profesionales, técnicos y de gestión en las áreas de planificación, ingeniería e implementación de trenes de alta velocidad.

  • HSR08-08, Steve Schnaidt
  • HSR08-11, Steve Schnaidt

Brindar asesoramiento estratégico, análisis, consultas, materiales escritos y asistencia en temas de transporte, legislativos y gubernamentales que afecten las operaciones y la misión de la Autoridad, incluido el desarrollo de infraestructura, bonos, presupuesto y financiamiento de transporte relacionado y legislación y programas de políticas.

  • HSR10-18, William Charlton
  • HSR10-19, Frank Koppelman
  • HSR10-20, Eric Miller
  • HSR10-21, Kay Axhausen
  • HSR10-22, Kenneth Small
  • HSR13-01, Kay Axhausen
  • HSR13-02, Eric Miller
  • HSR13-03, Frank Koppelman
  • HSR13-04, Kenneth pequeño

Los miembros del panel independiente de revisión por pares se formó para proporcionar mejoras al modelo de pronóstico de ingresos y número de pasajeros del tren de alta velocidad de California necesarias para respaldar el análisis de riesgos.

  • HSR14-16, Consultoría de Tierras Naturales de Vollmar

Proporcionar implementación de mitigación ambiental fuera del sitio en forma de preservación del hábitat y construcción de humedales.

Requisito del Acuerdo de subvención de la Ley Federal de Recuperación y Reinversión de Estados Unidos

ARTÍCULO 7. CONTRATOS ADJUDICADOS

Como lo requiere la Sección 1554 de la Ley de Recuperación, el Beneficiario adjudicará en la mayor medida posible los contratos financiados bajo este Acuerdo como contratos de precio fijo mediante el uso de procedimientos competitivos. En raras circunstancias en las que el Beneficiario adjudique un contrato que no sea de precio fijo y no se adjudique mediante procedimientos competitivos, el Beneficiario publicará pública y electrónicamente un resumen de dicho contrato en su sitio web y vinculará electrónicamente dicha publicación al sitio web creado y mantenido por el Junta de Recuperación, Responsabilidad y Transparencia de conformidad con la sección 1526 de la Ley de recuperación.

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